El Ministerio de Salud a través de la Resolución 1995 de 1999 “Por la cual se establecen normas para el manejo de la Historia Clínica”, en su Art 14 establece:
Podrán acceder a la información contenida en la historia clínica, en los términos previstos en la Ley:
1) El usuario.
2) El Equipo de Salud.
3) Las autoridades judiciales y de Salud en los casos previstos en la Ley.
4) Las demás personas determinadas en la ley.
PARAGRAFO. El acceso a la historia clínica, se entiende en todos los casos, única y exclusivamente para los fines que de acuerdo con la ley resulten procedentes, debiendo en todo caso, mantenerse la reserva legal.
Por tanto, la E.S.E requiere para su solicitud:
Si usted es paciente: Debe Anexar:
Si usted es familiar de un paciente incapacitado, menor de edad o es autorizado por el: Debe Anexar:
Si usted es familiar de un paciente fallecido: Debe Anexar:
El formato de solicitud, debe estar correctamente diligenciado y con los anexos respectivos, estos se radicaran en la oficina de secretaria de gerencia del hospital ubicadas en la calle 4 No. 1-40 Barrio Ciudad Barranquilla- Municipio de Algeciras o pueden ser enviados en formato PDF al siguiente correo: secretaria@esehospitalalgeciras.com